Futura regulación contra el blanqueo ecológico: beneficios para consumidores y empresas

11 de junio de 2024

ainia

“Blanqueo ecológico” o “Greenwashing” es la expresión de moda, en parte debido a “todas las iniciativas y políticas lanzadas por la Unión Europea, y también en el resto del mundo, sobre la sostenibilidad, economía circular y por cómo se nos comunica el impacto que sobre el medio ambiente tienen los distintos productos y servicios que se ponen a nuestra disposición como consumidores”, según apunta José María Ferrer, responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios / Formación de AINIA.

De acuerdo con la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la justificación y comunicación de alegaciones medioambientales explícitas (Directiva sobre alegaciones ecológicas) el “blanqueo ecológico” o “Greenwashing” consiste en la práctica en hacer alegaciones medioambientales poco claras o fundamentadas. Se trata de cualquier mensaje o representación que no sea obligatorio con arreglo al Derecho de la Unión o al Derecho nacional, incluida la representación textual, pictórica, gráfica o simbólica, en cualquier forma, incluidas las etiquetas, las marcas comerciales, los nombres de empresas o los nombres de productos, en el contexto de una comunicación comercial, que indique o implique que un producto o un comerciante tiene un impacto positivo o nulo en el medio ambiente, es menos perjudicial para el medio ambiente que otros productos o comerciantes, respectivamente, o ha mejorado su impacto a lo largo del tiempo.

Según AINIA, la propuesta de la Directiva sobre declaraciones ambientales se centra en tres puntos clave: aumentar el nivel de protección del medio ambiente y contribuir a acelerar la transición ecológica hacia una economía circular; proteger a los consumidores y a las empresas frente al blanqueo ecológico y contribuir a la toma de decisiones de compra con conocimiento de causa, y mejorar la seguridad jurídica, la igualdad de condiciones en el mercado interior e impulsar la competitividad.

Pero, ¿cómo asegurará la nueva legislación la fiabilidad y verificabilidad de las alegaciones medioambientales? Para José María Ferrer, el elemento clave para lograr frenar el blanqueo ecológico pasa por la objetivación de los mensajes. Para ello, en la propuesta se introducen una serie de requisitos mínimos sobre la justificación y la comunicación de las alegaciones medioambientales, que quedan sujetas a una verificación de terceros.

Además de este elemento, para lograr la protección del medio ambiente, de los consumidores y una mayor seguridad jurídica para todos los operadores, la UE considera algunos indicadores que permitirán constatar si las medidas han tenido efecto. Estos indicadores de rendimiento se focalizan en medir los resultados sobre: si las alegaciones medioambientales sobre productos y empresas son fiables, comparables y verificables; si los usuarios de la información confían en la información medioambiental; la mejora el comportamiento medioambiental de los productos y las organizaciones, y si se reducen los obstáculos a los mercados ecológicos.

Beneficios que aporta la legislación para prevenir el blanqueo ecológico

En el caso de los consumidores, dispondrán de información medioambiental sobre los bienes de consumo que será fiable, comparable, verificable y de fácil acceso, según apunta el experto en derecho alimentario. De este modo, podrán tomar sus decisiones de compra con mayor conocimiento de causa y contribuirán a la transición ecológica además de prevenir el blanqueo ecológico.

Para AINIA, las empresas se benefician al lograr unas condiciones de competencia equitativas en materia de alegaciones ecológicas y refuerzan la credibilidad en los mensajes que trasladan al consumidor. Por otra parte, se impulsará la competitividad de los operadores que aumentan la sostenibilidad medioambiental de sus productos y actividades y una mayor demanda de estos.

Los beneficios para los consumidores y los operadores permiten, según Ferrer, reducir el riesgo de blanqueo ecológico y el de competencia desleal respectivamente.

Próximos pasos de esta iniciativa legislativa

El Parlamento Europeo aprobó la posición en primera lectura el pasado 12 de marzo de 2024, ahora hay que esperar el siguiente paso del Consejo, aunque “hemos de tener en cuenta las próximas elecciones al Parlamento Europeo por lo que es poco probable que se apruebe y publique en el DOUE hasta después del verano”, concluye Ferrer.

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